El balcón no es la casa del perro: la nueva norma que multa por convertir terrazas y trasteros en su vivienda
Llega el calor y con él la duda de millones de hogares: qué permite la Ley de Bienestar Animal con tu mascota fuera de casa, qué no, y cómo no acabar pagando una sanción.
Rubén Saldaña

Hay una imagen muy española del verano que conviene mirar de frente: el perro atado en la terraza para que "no moleste" con el calor, el gato encerrado en la galería acristalada mientras la familia se va a la playa, el cachorro que duerme en el trastero porque "abajo está más fresco". Durante décadas eso se ha tolerado como algo normal. Ya no lo es. Y este verano, con las primeras olas de calor encima, toca aclarar exactamente dónde está la línea.
La Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales lleva en vigor desde el 29 de septiembre de 2023, pero su contenido sigue cogiendo por sorpresa a mucha gente. Entre sus obligaciones para quienes conviven con un perro o un gato hay una que cada junio vuelve a la conversación: no se puede mantener al animal de forma habitual en balcones, terrazas, azoteas, patios, sótanos, trasteros, espacios similares o vehículos.
Qué dice la ley exactamente
La prohibición está en el artículo 27, que enumera las cosas que un titular no puede hacer con su animal de compañía. Una de ellas, en la letra e), es precisamente "mantener de forma habitual a perros y gatos en terrazas, balcones, azoteas, trasteros, sótanos, patios y similares o vehículos".
La palabra clave, y la que evita el malentendido, es habitual. La ley no prohíbe que tu perro salga un rato a la terraza a tomar el aire, ni que el gato eche una siesta al sol en el alféizar protegido. Lo que persigue es otra cosa: que esos espacios se conviertan en su alojamiento ordinario, el sitio donde el animal pasa la vida cuando no reúnen las condiciones mínimas de descanso, higiene, temperatura adecuada, seguridad y supervisión.
Dicho de forma directa: la mascota vive dentro de casa, con su familia. El balcón es un lugar de paso, no un dormitorio.
El verano lo agrava todo
Si esta norma molesta especialmente en junio no es por casualidad. Un balcón cerrado o una azotea pueden multiplicar la temperatura ambiente y convertirse en una trampa térmica. Los veterinarios llevan años repitiendo lo mismo: perros y gatos regulan su temperatura corporal mucho peor que nosotros, no sudan como nosotros, y un golpe de calor puede ser mortal en cuestión de minutos, no de horas. El propio Ministerio de Derechos Sociales publica una guía específica para cuidar a los animales de compañía durante las olas de calor, lo que da idea de que el problema es real y recurrente.
Por eso un comportamiento que en marzo podría quedar en una negligencia menor, en agosto puede acabar con el animal muerto y con un expediente sancionador de los gordos.
Cuánto cuesta saltársela
Aquí conviene ser preciso, porque circulan cifras muy alarmistas. El régimen de sanciones de la ley se organiza en tres niveles:
- Infracciones leves: apercibimiento o multa desde 500 hasta 10.000 euros.
- Infracciones graves: de 10.001 a 50.000 euros.
- Infracciones muy graves: de 50.001 a 200.000 euros.
Mantener al perro o al gato de manera permanente en esos espacios está tipificado como infracción grave (artículo 74), lo que sitúa la multa de partida en los 10.001 euros. La cifra de 200.000 euros que tanto se repite en titulares no es lo habitual para este caso concreto: se reserva para los supuestos más severos, como la muerte del animal por maltrato o por exposición a condiciones extremas. Pero que nadie se confíe: si tu mascota fallece de un golpe de calor encerrada en la terraza, el salto a la categoría muy grave deja de ser teórico.
Quien aplica y cobra estas sanciones, además, son las comunidades autónomas y los ayuntamientos, no un organismo lejano. Es un asunto local, y eso significa que una denuncia vecinal puede poner en marcha la maquinaria.
Qué sí puedes hacer (y qué no)
Para deshacer el nudo de dudas de este verano, vale la pena bajarlo a lo concreto.
Está permitido:
- Que el animal salga a la terraza o al patio a ratos, con agua, sombra y la puerta abierta para volver dentro.
- Tener un jardín o terraza como zona de juego y desahogo, no como vivienda.
- Sacar al gato a un balcón protegido y vigilado.
No está permitido:
- Que la terraza, la azotea o el trastero sean el sitio donde el animal duerme y pasa el día de forma rutinaria.
- Dejarlo atado y sin supervisión durante largas horas.
- Encerrarlo en un coche o exponerlo a temperaturas peligrosas.
La frontera, insisto, no la marca el lugar en sí, sino la habitualidad y las condiciones. Un balcón fresco, ventilado y con acceso libre a la casa es muy distinto de una azotea de chapa a 45 grados donde el animal no tiene escapatoria.
Una opinión, ya que estamos
Conviene decirlo sin rodeos: esta no es una ley que persiga al dueño normal que quiere a su perro. Persigue una costumbre vieja que nunca debió normalizarse, la de tratar al animal como un objeto que se aparca fuera cuando estorba. Que haya quien se entere de que no se puede por la amenaza de una multa, y no por sentido común, dice más de nosotros que de la norma.
Si compartes piso con un perro o un gato, el verano se gestiona igual que se gestiona el de un niño pequeño: sombra, agua fresca siempre disponible, evitar las horas de más calor y, sobre todo, no dejarlo solo en el sitio donde más sube la temperatura. Y si vas a sumar una mascota a casa, ya sea adoptando o a través de los anuncios de adopción y acogida que circulan en plataformas como Zokko, asúmelo con la cabeza fría: un animal entra en el salón, no en el trastero.
Rubén Saldaña
Escribe en La Plaza sobre dinero, sostenibilidad y tecnología.
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